Cargando...

Glosas y Devoluciones

Glosa

Es una no conformidad que afecta en forma parcial o total el valor de la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión integral, que requiere ser resuelta por parte del prestador de servicios de salud.

Devolución

Es una no conformidad que afecta en forma total la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión preliminar y que impide dar por presentada la factura. Las causales de devolución son taxativas y se refieren a:

Factura o Documento Equivalente que no Cumple Requisitos Legales
Falta de Competencia Para el Pago
Falta de Autorización
Falta de Epicrisis
Hoja de Atención de Urgencias u Odontograma
Servicio Electivo no Autorizado y Servicio ya Cancelado

Resolucion 2284 de 2023

Por la cual se establecen los soportes de cobro de la factura de venta en salud, el Manual Único de Devoluciones, Glosas y Respuestas y se dictan otras disposiciones

La Resolucion 2284 de 2023 Aborda las Complejidades Financieras entre las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y los prestadores de servicios de salud en Colombia. Destaca disposiciones clave de la Ley 1122 de 2007 y la Ley 1438 de 2011, enfocándose en :

Plazos de Pago: Artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, las Entidades Respondables del Pago deben pagar los servicios de salud a los prestadores de servicios de salud habilitados, mes anticipado en un 100% si los contratos son por capitación, y si fuesen por otra modalidad, como pago por evento, global prospectivo o grupo diagnóstico, como mínimo del 50% del valor de la factura de venta en salud, dentro de los cinco (5) días posteriores a la presentación de la misma
Porcentajes Mínimos: haciéndose necesario considerar que algunas facturas de venta relativas a modalidades distintas a la cápita, pudieran ser devueltas, lo cual debe hacerse dentro del término establecido por la ley para el pago del primer 50%, resultando necesario establecer dentro de ese trámite de reconocimiento y pago, las causales y procedimiento que deben atender las devoluciones
Sanciones por Mora: De señalarse glosas diferentes o infundadas, la entidad responsable de pago estará obligada a pagar intereses moratorios al prestador de servicios de salud o proveedor de tecnologías en salud, en los términos del artículo 2.5.3.4.5.7 del Decreto 780 de 2016 y, adicionalmente, a los reconocimientos económicos que se hubieren pactado en el marco del acuerdo de voluntades, conforme con lo señalado en el artículo 2.5.3.4.5.8 del Decreto 780 de 2016
Se destaca que no se permite la aplicación o aceptación de porcentajes globales de glosa, y las partes involucradas deben identificar causas específicas de glosas de acuerdo con el Manual Único adoptado en la resolución
El proceso inicia con la comunicación de la devolución de la factura de venta en salud dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la radicación
Si el prestador o proveedor considera injustificada la devolución, debe responder en cinco (5) días hábiles

Ley 1438 de 2011 - Artículo 57: Trámite de Glosas

Las Entidades responsables del Pago de Servicios de Salud dentro de los Veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la factura con todos sus soportes, formularán y comunicarán a los prestadores de servicios de salud las glosas a cada factura, con base en la codificación y alcance definidos en la normatividad vigente.

No se Podrán Formular Nuevas Glosas

Una vez formuladas las glosas a una factura no se podrán formular nuevas glosas a la misma factura, salvo las que surjan de hechos nuevos detectados en la respuesta dada a la glosa inicial

Respuesta a las Glosas

El prestador de servicios de salud deberá dar respuesta a las glosas presentadas por las entidades responsables del pago de servicios de salud, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción, indicando su aceptación o justificando la no aceptación.

Levanta Total o Parcialmente las Glosas

La entidad responsable del pago, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como definitivas.

Glosa es Subsanable

Si cumplidos los quince (15) días hábiles, el prestador de servicios de salud considera que la glosa es subsanable, tendrá un plazo máximo de siete (7) días hábiles para subsanar la causa de las glosas no levantadas y enviar las facturas enviadas nuevamente a la entidad responsable del pago.

Codificación del Manual Unico de Glosas y Devoluciones

Estructura del código. Los códigos del Manual Único de Devoluciones, Glosas y Respuestas se construyen con niveles jerárquicos.

Los códigos de devoluciones, glosas y respuestas tienen una estructura de seis (6) dígitos y se construyen con tres (3) niveles, como se aprecia en el siguiente esquema:

Concepto general: Representado por los dos (2) primeros dígitos de carácter literal.
Conceptos específicos: Representados por el tercer y cuarto dígito de carácter numérico. Indican los conceptos específicos que se pueden dar dentro de cada concepto general. Cada concepto específico está asociado a un concepto general o a varios.
Concepto de aplicación: Representados por el quinto y sexto dígito de carácter numérico. Indican cuando aplica la combinación del concepto general con el específico.

Tipos de Glosa

Una glosa de acuerdo con la resolución 3047 de 2008 es una no conformidad que afecta la factura por prestación de servicios de salud, reportada por la entidad responsable del pago durante la revisión integral. Hay diferentes tipos de glosas, entre ellas:

Glosa por facturación: cuando hay diferencias entre el tipo y la cantidad de los servicios prestados o cuando los servicios pagados por el usuario no se descuentan en la factura.
Glosa por tarifas: ocurren por diferencias entre los valores facturados y los pactados con el usuario.
Glosas por soportes: se generan por ausencia o ilegibilidad de los soportes.
Glosas por autorización: cuando los servicios facturados por el prestador de los servicios de salud no fueron autorizados o difieren de los incluidos en la autorización.
Glosas por cobertura: se generan por el cobro de servicios que no están incluidos en el respectivo plan.
Glosas por pertinencia: cuando no existe coherencia entre la historia clínica, las ayudas diagnósticas solicitadas o el tratamiento ordenado.